jueves, 9 de abril de 2009

La arbitrariedad continua. A propósito del acceso a la información pública

  • Más de 20 municipalidades de Lima Metropolitana y del Callao vienen cobrando de manera arbitraria por el servicio de fotocopias de documentos oficiales, e incluso por derecho de trámite, que es ilegal, infringiendo de esta manera la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, reveló la Defensoría del Pueblo. El comisionado de la Oficina Defensorial de Lima, informó a Andina que se trata de las comunas de Ancón, Ate, Barranco, Carabayllo, Chosica, Chorrillos, Cieneguilla, Jesús María, La Molina, Los Olivos, Lurn, Miraflores, Pucusana, Puente Piedra y Punta Hermosa.Asimismo, Rímac, San Bartolo, San Juan de Miraflores, San Martín de Porres, Santa María del Mar, Santa Rosa, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo. En el Callao están los distritos de Bellavista y Carmen de la Legua.
  • Los precios más elevados
    De este total, los municipios en los que la Defensoría detectó los más elevados cobros indebidos son Jesús María, con S/. 17,75 por cada folio u hoja fotocopiada tamaño A4; y Chorrillos, con S/. 11,15 por igual concepto.Los otros municipios mencionados cobran entre S/. 0,17 y S/. 0,50 por cada hoja fotocopiada tamaño A4, pero cuando se trata de hojas con tamaño A3 y A2 los costos fluctúan entre S/. 0,43 y S/. 8,17. En caso de copias tamaño A1 el precio se eleva hasta S/. 13,85 por hoja.
    Cobro ilegal
    El caso más grave se da con el cobro de derecho de trámite, que está legalmente prohibido y, sin embargo, viene siendo aplicado, por ejemplo, por la municipalidad de Villa María del Triunfo, que cobra S/. 16,80 por este concepto. También lo hace la comuna de Pucusana que cobra S/. 7,00. El problema radica en que, de acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, las instituciones públicas se encuentran obligadas a entregar la información que soliciten los ciudadanos, pudiendo cobrar sólo el importe que irrogue la reproducción de los documentos solicitados. La propia ley menciona que cualquier costo adicional se encuentra prohibido y se entenderá como restrictivo al ejercicio del derecho de acceso a la información.No obstante lo señalado por la ley, lo que se observa es que algunas municipalidades vienen cobrando importes mayores al costo de reproducción, los cuales se constituyen en barreras para el ejercicio de este derecho fundamental. Respecto al costo de reproducción, La Defensoría del Pueblo considera que un mecanismo idóneo para identificar en qué casos se configura un cobro regular y en qué otros uno excesivo -que restringe el derecho a la información-, es el denominado costo del mercado. Por ejemplo, lo primero que se tiene que hacer es determinar en la jurisdicción donde queda el municipio, cuánto cobra un establecimiento privado por fotocopiar un documento. Hay que tener en cuenta que dicho importe incluye una ganancia para la persona que ofrece el servicio. A partir de ello, lo que se debe observar es si el cobro municipal por el servicio de entrega de copia es igual o superior al costo de mercado. En el caso de las fotocopias tamaño A4 el costo en cualquier establecimiento de la capital fluctúa entre S/. 0,10 y S/. 0,20. Si es menor o igual, nos encontramos frente a un cobro de acuerdo a ley, mientras que si es superior al precio del mercado, este se constituye en un costo excesivo, dado que el Estado no puede prestar un servicio público con fines de lucro.
    30 días para responder
    La Oficina Defensorial de Lima ha cursado comunicaciones escritas a los alcaldes de los distritos infractores, recordándoles que están infringiendo la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, así como vulnerando el derecho a la información. Una vez notificados, los gobiernos locales deben modificar su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), eliminando los cobros excesivos y ajustándose a lo que establece el Texto Único Ordenado de la ley de Transparencia y Acceso a la Información.Las autoridades ediles tienen un plazo de 30 días para responder y corregir la infracción. Mientras concretan la corrección de su TUPA, los municipios deben abstenerse de cobrar por el servicio, enfatizó el comisionado defensorial. Los ciudadanos pueden también presentar ante el Poder Judicial un recurso de garantía constitucional como el Hábeas Data que garantiza el acceso a la información de dominio público y, en caso hubieran sido afectadas por un cobro excesivo, pueden exigir la devolución del dinero abonado, dijo.(FIN)
    Es lamentable que las Municipalidades aún no hayan tomado consciencia plena del respeto a los derechos de los administrados.
    Una caso no especificado es el de la Municipalidad de la Molina, que no obstante modificó su TUPA en cumplimiento de la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, cobra casi 10 soles por derecho de trámite por acceso de información.
    Es importante recordar que ya el Tribunal Constitucional, en una situación similar con el Ministerio de Justicia, se pronunció en un sentido similar al de la Defensoría del Pueblo (EXP. N.° 9125-2006-HD/TC).
    Fuente: Lima, abr. 05 (ANDINA)

    jueves, 13 de noviembre de 2008

    Simplificación de Certificación Domiciliaria en procedimientos administrativos

    Con las Leyes N°s 27839 y 28862 se creó la atribución de los Notarios Públicos, Jueces de Paz y Municipalidades de expedir certificaciones domiciliarias y se eliminó la atribución de la Policía Nacional del Perú de expedir dichos certificados.

    Sin embargo, dichas certificaciones pueden ser sustituidas en los procedimientos administrativos con la presentación ante el requirente, de una declaración jurada simple y escrita en la que conste el domicilio actual del declarante.

    Ello sin perjuicio de lo prescrito en el artículo 41.1.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

    Ello en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 28882 del setiembre de 2006.

    lunes, 25 de agosto de 2008

    Proyecto de Reglamento de la Ley de Contrataciones (D.Leg. 1017)

    Se ha puesto a consideración de la comunidad, el Proyecto de Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

    Fecha límite para opiniones y sugerencias: 4 de setiembre de 2008.

    Sugerencias, opiniones y recomendaciones al mail del Ministerio de Economía y Finanzas


    Ver más si tienes interés ...

    viernes, 18 de abril de 2008

    III Congreso Nacional de Derecho Administrativo

    Del 24 al 26 de abril del 2008 en la Ciudad de Lima en el Campus de la Pontificia Universidad Catolica del Peru se desarrollará el III Congreso Nacional de Derecho Administrativo con la participación de profesores ponentes de America Latina, y la Unión Europea.

    Toda la información y el procedimiento de Inscripciones sobre el particular en el siguiente link:

    PUCP III Congreso Nacional de Derecho Administrativo


    Puede asistir presentando su ponencia, seún la temática del Congreso. Para ello informe de ello a la Universidad a los telefonos y correos electrónico que alli se indican.

    Proyectos Aprobados por el pleno del Congreso

    Aqui puede conocerse los proyectos de ley aprobados por el Congreso de la República del Perú, aprobados en la última sesión del Pleno de congresistas

    Proyectos Aprobados