Del 24 al 26 de abril del 2008 en la Ciudad de Lima en el Campus de la Pontificia Universidad Catolica del Peru se desarrollará el III Congreso Nacional de Derecho Administrativo con la participación de profesores ponentes de America Latina, y la Unión Europea.
Toda la información y el procedimiento de Inscripciones sobre el particular en el siguiente link:
PUCP III Congreso Nacional de Derecho Administrativo
Puede asistir presentando su ponencia, seún la temática del Congreso. Para ello informe de ello a la Universidad a los telefonos y correos electrónico que alli se indican.
viernes, 18 de abril de 2008
Proyectos Aprobados por el pleno del Congreso
Aqui puede conocerse los proyectos de ley aprobados por el Congreso de la República del Perú, aprobados en la última sesión del Pleno de congresistas
Proyectos Aprobados
Proyectos Aprobados
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jueves, 27 de marzo de 2008
¡Puedes Validar el DNI de una persona gratuitamente!
Algo que vengo comunicando en los diferentes eventos academicos y universitarios en los cuales participo es que RENIEC ha puesto en su portal web un servicio gratuito para todos los ciudadanos, cual es validar un número de Documento Nacional de Identidad (DNI) con el nombre exacto de su titular.
Muchas veces en las relaciones civiles, comerciales o de trámites, requerios conocer el nombre completo y exacto de la persona con la cual vamos a suscribir un contrato o necesitamos girarle una letre o pagaré. Si conocemos el número de su DNI, podemos hacer la consulta respectiva en el siguiente link de la web de RENIEC y conocer el nombre exacta de dicha persona.
EL Link es: Validación del DNI
Incluso ello es util cuando no se sabe exactamente como se escribe un determinado apellido o nombre (ej: doble tt, v, w, z ó s, th, entre otros)
Muchas veces en las relaciones civiles, comerciales o de trámites, requerios conocer el nombre completo y exacto de la persona con la cual vamos a suscribir un contrato o necesitamos girarle una letre o pagaré. Si conocemos el número de su DNI, podemos hacer la consulta respectiva en el siguiente link de la web de RENIEC y conocer el nombre exacta de dicha persona.
EL Link es: Validación del DNI
Incluso ello es util cuando no se sabe exactamente como se escribe un determinado apellido o nombre (ej: doble tt, v, w, z ó s, th, entre otros)
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martes, 4 de marzo de 2008
¿Sabias que...? Nadie puede retener el D.N.I.
Efectivamente, la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en su Artículo 30º señala: "Para efectos identificatorios ninguna persona, autoridad o funcionario podrá exigir, bajo modalidad alguna, la presentación de documento distinto al Documento Nacional de Identidad (DNI). Tampoco podrá requisarse o retenerse el documento bajo responsabilidad."
Esto no es precisamente lo que sucede en las diferentes entidades públicas, probablemente por desconocimiento de la legislación por parte de las personas encargadas de los temas de seguridad.
Sería bueno tener en cuente este tema y difundirlo para que vayamos mejorando en los servicios de atención al ciudadano.
Esto no es precisamente lo que sucede en las diferentes entidades públicas, probablemente por desconocimiento de la legislación por parte de las personas encargadas de los temas de seguridad.
Sería bueno tener en cuente este tema y difundirlo para que vayamos mejorando en los servicios de atención al ciudadano.
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viernes, 28 de diciembre de 2007
Planilla Electrónica ¡ya!
Hace poco más de 2 años se buscó iniciar el cambio de la forma de llevar oficialmente el registro de los trabajadores, mediante la creación de la Planilla Electrónica. Esto se materiza finalmente este 1 de enero de 2008.
Sin embargo, aun hay temas poco claros en cuanto a la información por registrar y alguna información que pareciera solicitada en exceso e innecesaria en el PDT 601, lo que puede dificultar a los empleadores el manejo del nuevo sistema.
Uno de los aspectos que ha quedado claro (en los Talleres que sobre el particular ha desarrollado PANALMA Consultores Asociados S.A.C.) es que los empleadores no van a poder dejar de usar sus sistemas (programas) de llevado de planillas actual, ya que el PDT 601 no permite registrar detalles, por ejemplo, de datos relativos a tipos de descuentos, cantidad de horas trabajadas o no trabajadas; sino unicamente cantidades globales que impide al empledor conocer con certeza el sustento de las cantidades monetarias consignadas.
Incluso, hay conceptos que involucran temas diferentes, como el de "otros descuentos al trabajador", en el que puede sumarse: descuentos judiciales con descuentos por prestamos y adelantos de remuneraciones, más descuentos de proveedores autorizados por el trabajador. En este supuestosen el PDT solo se consigna el total descontado ¿y los conceptos involucrados en ese total, donde estan consignados? Por lo menos no en el PDT.
El actual Ministro de Trabajo, Dr. Mario Pasco ha informado que durante los primeros meses de vigencia de la planilla electrónica, “Se dará un proceso de adaptación que demorará aproximadamente entre cuatro y seis meses, en que seguramente se mostrarán errores involuntarios o infracciones leves, pues adaptarse al sistema va a costar trabajo. No empezaremos con la guadaña (castigo), sino que generaremos un espacio de tiempo para que las empresas se acostumbren” “Quien incurra en error de buena fe no será sancionado de forma alguna, al contrario se le asesorá si lo requiere. Pero al que evade y actúa con dolo, allí sí hay que sancionársele”(Fuente El Peruano 27/12/2007).
Esperemos que ello sea así, aunque va a ser necesario más que las palabras del Ministro para que dentro de 1 año, una inspección de trabajo no pretenda sancionar por un error de información incurrida en el PDT.
Lo que si queda suficientemente claro, es que la referida Planilla Electrónica tiene como objetivo fundamental potenciar las inspecciones laborales.
Consideramos que de haber alguna mejora en el PDT, debería estar orientado a que el empleador no tenga que mantener un sistema paralelo para guardar detalles de los totales de información consignada en el PDT, pues ello no logra uno de los objetivos que busca la norma oficialmente: reducir costos en la administración de las planillas.
Ah, y si cree que su pequeña empresa de 1 o 2 trabajadores no esta comprendida en este nuevo sistema, no se confía. Asesorese adecuadamente, porque los supuestos para la aplicación de la planilla electrónica es bastante amplia y es posible que incluso no teniendo trabajadores usted tenga que estar obligado a llevarla, por tener prestadores de servicios (basta uno) que le emita recibo por honorarios profesionales, entre 1 de los 9 supuestos previstos.
PANALMA Consultores Asociados S.A.C. estima que casi el integro de empresas (incluidas micro y pequeñas empresas) están obligadas a llevar Planilla Electrónica, teniendo en cuenta los supuestos del Decreto Supremo N° 018-2007-TR.
Sin embargo, aun hay temas poco claros en cuanto a la información por registrar y alguna información que pareciera solicitada en exceso e innecesaria en el PDT 601, lo que puede dificultar a los empleadores el manejo del nuevo sistema.
Uno de los aspectos que ha quedado claro (en los Talleres que sobre el particular ha desarrollado PANALMA Consultores Asociados S.A.C.) es que los empleadores no van a poder dejar de usar sus sistemas (programas) de llevado de planillas actual, ya que el PDT 601 no permite registrar detalles, por ejemplo, de datos relativos a tipos de descuentos, cantidad de horas trabajadas o no trabajadas; sino unicamente cantidades globales que impide al empledor conocer con certeza el sustento de las cantidades monetarias consignadas.
Incluso, hay conceptos que involucran temas diferentes, como el de "otros descuentos al trabajador", en el que puede sumarse: descuentos judiciales con descuentos por prestamos y adelantos de remuneraciones, más descuentos de proveedores autorizados por el trabajador. En este supuestosen el PDT solo se consigna el total descontado ¿y los conceptos involucrados en ese total, donde estan consignados? Por lo menos no en el PDT.
El actual Ministro de Trabajo, Dr. Mario Pasco ha informado que durante los primeros meses de vigencia de la planilla electrónica, “Se dará un proceso de adaptación que demorará aproximadamente entre cuatro y seis meses, en que seguramente se mostrarán errores involuntarios o infracciones leves, pues adaptarse al sistema va a costar trabajo. No empezaremos con la guadaña (castigo), sino que generaremos un espacio de tiempo para que las empresas se acostumbren” “Quien incurra en error de buena fe no será sancionado de forma alguna, al contrario se le asesorá si lo requiere. Pero al que evade y actúa con dolo, allí sí hay que sancionársele”(Fuente El Peruano 27/12/2007).
Esperemos que ello sea así, aunque va a ser necesario más que las palabras del Ministro para que dentro de 1 año, una inspección de trabajo no pretenda sancionar por un error de información incurrida en el PDT.
Lo que si queda suficientemente claro, es que la referida Planilla Electrónica tiene como objetivo fundamental potenciar las inspecciones laborales.
Consideramos que de haber alguna mejora en el PDT, debería estar orientado a que el empleador no tenga que mantener un sistema paralelo para guardar detalles de los totales de información consignada en el PDT, pues ello no logra uno de los objetivos que busca la norma oficialmente: reducir costos en la administración de las planillas.
Ah, y si cree que su pequeña empresa de 1 o 2 trabajadores no esta comprendida en este nuevo sistema, no se confía. Asesorese adecuadamente, porque los supuestos para la aplicación de la planilla electrónica es bastante amplia y es posible que incluso no teniendo trabajadores usted tenga que estar obligado a llevarla, por tener prestadores de servicios (basta uno) que le emita recibo por honorarios profesionales, entre 1 de los 9 supuestos previstos.
PANALMA Consultores Asociados S.A.C. estima que casi el integro de empresas (incluidas micro y pequeñas empresas) están obligadas a llevar Planilla Electrónica, teniendo en cuenta los supuestos del Decreto Supremo N° 018-2007-TR.
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